jueves, 6 de agosto de 2015

¿Qué derechos tienen los usuarios del transporte aéreo según el Código de Protección y Defensa del Consumidor?

Hace algunos años atrás, los pasajeros del transporte aéreo en territorio nacional estaban sujetos a una serie de limitaciones en el ejercicio de sus derechos más elementales, como por ejemplo transferir sus pasajes a terceras personas. La legislación de entonces resultaba muy permisiva en beneficio de las aerolíneas, las cuales en muchos casos abusaron y perjudicaron a innumerables usuarios de este servicio.
 
Hoy la situación afortunadamente ha cambiado con la vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Al respecto, Indecopi nos recuerda que sin importar la modalidad del transporte, actualmente todos los pasajeros que circulen por el territorio nacional tienen el derecho de endosar o transferir a otra persona sus pasajes, así como de postergarlos o hacer uso solamente de alguno de los tramos de los pasajes adquiridos.
 
Según el Código de Protección y Defensa del Consumidor, en el caso del endoso, el consumidor puede transferir su boleto y solo tendrá que asumir  los gastos de emisión del nuevo boleto.
 
En el caso de la postergación del viaje, el usuario deberá abonar el saldo del nuevo pasaje al monto que ya pagó por el boleto inicial y además tendrá que pagar el costo de la impresión del nuevo boleto.  En ambos casos, existe una condición esencial que no debe olvidarse: el consumidor debe hacer los trámites con una anticipación no menor a 24 horas de la fecha y hora prevista para el viaje. 
 
De otro lado, solo para el caso de los pasajes aéreos vendidos con la modalidad de tramos múltiples (llamado también round trip), el Código resalta que el consumidor que no hiciera uso, por ejemplo, del primer tramo, mantiene su derecho a usar los tramos siguientes sin ninguna restricción. Como se sabe, durante varios años algunas aerolíneas cometieron evidentes abusos al no reconocer este derecho, de manera que aquellos usuarios que no habían hecho uso del primer tramo de su pasaje automáticamente perdían el derecho a usar los tramos siguientes. La nueva legislación se ha encargado de corregir esta mala práctica.
 
Finalmente, debe recordarse que aquellas empresas o proveedores que incumplan con lo indicado en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, vulnerando con ello los derechos de los consumidores, afrontarán procedimientos administrativos y podrán sufrir una sanción con multas de hasta 450 unidades impositivas tributarias.
 
Fuente: Diario El Comercio / Rumbo Empresarial GRUPO NELVA DESIGN
 
El Código de Protección y Defensa del Consumidor reconoce actualmente una serie de derechos fundamentales a los pasajeros en territorio peruano. Foto: Getty Images / Diario El Comercio
 

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